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Modificación de situación de residencia a residencia y trabajo por cuenta ajena

Para realizar esta modificación el solicitante debe haber permanecido en España durante al menos 1 año en situación de residencia legal, dicho requisito no se exigirá si se encuentra en alguno de los supuestos siguientes:

  • Si parte de una situación de residencia por reagrupación familiar
  • Excepcionalmente, si acredita una necesidad de trabajar para garantizar su subsistencia, por circunstancias sobrevenidas
  • Si es cónyuge que accede a una autorización de residencia temporal independiente por la vía prevista en el art. 41.2. del Reglamento, es decir:
  • Cuando se rompa el vínculo conyugal que dio origen a la situación de residencia, por separación de derecho o divorcio, siempre y cuando acredite la convivencia en España con el cónyuge reagrupante durante al menos dos años.
  • Cuando fuera víctima de violencia de género, una vez dictada a su favor una orden judicial de protección.
  • Por causa de muerte del reagrupante.
  • O excepcionalmente, si acredita una necesidad de trabajar para garantizar su subsistencia, por circunstancias excepcionales.

La solicitud deberá entregarla el solicitante personalmente. En Barcelona no es necesaria una cita previa y se podrá entregar ante cualquier Registro Oficial.

La documentación genérica (original y copia) a presentar es la siguiente:

  • Impreso de solicitud Ex-01 debidamente cumplimentado.
  • Pasaporte, documento de viaje, o cédula de inscripción, en vigor.
  • Tarjeta de identidad de extranjero.
  • Acreditación documental de encontrarse en alguno de los supuestos indicados que se explican al inicio de este texto, y que eximen al extranjero del requisito de un año previo de residencia legal.
  • Volante de empadronamiento, en caso de haber cambiado de domicilio.

La documentación específica a presentar difiere según el tipo de modificación que quiera realizarse a residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia. Aquí comentaremos detalladamente la documentación que se precisa en el primer caso. Para aquellos que quieran solicitar la modificación a residencia y trabajo por cuenta propia deberán entregar los documentos que se solicitan para este tipo específico de modificación.

Documentación específica (original y copia) a presentar si se solicita la modificación a cuenta ajena:

  • Oferta de trabajo, de duración igual o superior a un año y con la retribución a percibir por el trabajador expresada en euros, firmada por el empleador, en modelo oficial gratuito, el Ex-06, por duplicado.
  • Documentación del empleador: - DNI de la persona física firmante de la oferta de trabajo, y del CIF en caso de empresas - En caso de que la empresa esté constituida como persona jurídica, documento público que otorgue la representación de la misma a favor de la persona física que firma la oferta. En la copia deberá figurar subrayada la referencia relativa a la atribución al firmante de la oferta de la representación legal de la empresa - En el supuesto de profesionales colegiados adscritos a Mutualidades de Previsión Social reconocidas como alternativa de alta al régimen especial de trabajadores Autónomos, se deberá aportar los 3 últimos recibos de pago a la Mutualidad correspondiente.
  • En el caso de servicio doméstico deberá acreditarse la solvencia económica del empleador que pretenda contratar a un ciudadano extranjero como empleado de hogar. Para ello deberá aportarse el original y copia de la declaración de la renta del empleador correspondiente al último año fiscal. También podrá entregarse cualquier otra prueba documental válida para el trámite en cuestión como nóminas, certificados del Instituto Nacional de la Seguridad Social etc. Y en el caso de que la oferta de servicio doméstico se formule con el fin de resolver una especial situación de necesidad, se deberá adjuntar un escrito en el que se detalle la misma, así como documentación acreditativa de las circunstancias alegadas.
  • Solamente si se trata de profesionales que por razón de su especialización fuese exigible, deberá presentarse su titulación académica debidamente homologada en España, y, en su caso, Certificado de inscripción en el Colegio Profesional.
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