Requisitos para el canje del carné de conducir
¿Cuáles son las condiciones?
La validez de un permiso de conducción expedido en un país no
comunitario está condicionada a que su titular tenga la edad requerida
en España para la obtención del permiso español equivalente
y, además, a que no haya transcurrido el plazo de 6 meses, como máximo,
contados desde que el titular adquiera su residencia legal en España.
Si este plazo ha transcurrido, el permiso carece de validez para conducir en
España y su titular, si desea seguir conduciendo, deberá obtener
un permiso español, previa comprobación de los requisitos y superación
de las pruebas correspondientes. Esto último no es necesario si el titular
proviene de un país con el que existe un convenio por el que es posible
canjear el permiso por uno español equivalente.
Actualmente se ha suscrito convenio con los Estados de Andorra,
Argelia, Argentina, Chile, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Ecuador, Japón, Marruecos, Perú, República Dominicana, Suiza, Uruguay y Venezuela. El 28 de octubre de 2007 también entrará en vigor para Paraguay.
Para el canje de los permisos profesionales de Argelia, Argentina, Colombia, Croacia, Chile, Ecuador, Marruecos, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela se exigirá la
realización
de pruebas adicionales que dependerán del Convenio firmado con el país de origen.
¿Cuál es la documentación
necesaria?
- Solicitud en impreso oficial que puede ser solicitado en la Jefatura
Provincial de Tráfico del domicilio del que lo solicita el mismo día
que acuda a la cita
- Original y fotocopia del DNI (si es español) o,
en los demás
casos, del pasaporte, del NIE y de la tarjeta de residencia que acredite
su residencia o condición de estudiante en España durante el
período
mínimo exigido. Los originales serán devueltos una vez cotejados
- Certificado
de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de
Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia de residencia del
que lo solicita, al que se hallará adherida una fotografía
actualizada del que lo solicita
- Dos fotografía actualizadas
de 32 x 25 mm
- Declaración por escrito de no hallarse privado
por resolución
judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores,
ni sometido a intervención o suspensión del que se posea
- Declaración
por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción,
ya sea expedido en España o en otro país
comunitario, de igual clase que el solicitado.
- Declaración
por escrito del titular, responsabilizándose
de la autenticidad, validez y vigencia del permiso y, en su caso, la traducción
oficial del mismo al castellano. Dicha traducción deberá realizarse
por los intérpretes jurados, por los Cónsules de España
en el extranjero, por los Cónsules en España del país
que haya expedido el permiso, o por el Real Automóvil Club de España.
- Permiso
que se pretende canjear, copia o fotocopia del mismo.
- En caso de que
el permiso ofrezca dudas, la Jefatura Provincial de Tráfico podrá solicitar
del interesado la aportación de
un informe emitido por el Real Automóvil Club de España sobre
su validez y vigencia, con especificación de los vehículos
a cuya conducción autoriza y demás características del
permiso.
- Justificante del pago de la Tasa (17,00 euros) que debe
abonarse el mismo día en que vaya a realizarse el canje.
Para canjear el permiso de conducción ha de solicitarse cita previa
a través del teléfono 902.300.175 en horario de 9:00 a 16:00
horas ininterrumpidamente de lunes a viernes.
También podrán realizarlo a través de Internet (www.dgt.es),
con resultado favorable, aquellos que sean titulares de permisos de conducción
expedidos en Rumanía, Argentina, Argelia, Colombia, Ecuador, Marruecos, Perú, Uruguay, Chile República Dominicana y Venezuela, siempre y cuando figuren dados de alta en el Registro de Conductores
y Vehículos de la DGT, por ser titulares de algún vehículo,
permiso o licencia de conducción o haber sido aspirante a los mismos.
Si
se ha renovado el carné de conducir hace poco es conveniente presentar
un Certificado de Antigüedad (debidamente legalizado) expedido por el
Registro que corresponda para evitar que en el canje del carné le otorguen
un Carné para Principiantes y para que las compañías aseguradoras
realicen descuentos en el valor de las pólizas de acuerdo a la antigüedad
como conductor que se demuestre. |